jueves, 4 de septiembre de 2008

Código de Hammurabi




El código de Hammurabi

Epílogo
(Éstas son) las Sentencias de Equidad que estableció Hammurapi, rey potente, y
que le hizo aceptar al País como conducta segura y dirección correcta. Yo soy
Hammurapi, el rey perfecto. Respecto a los «Cabezas Negras» que me regaló
Enlil y cuyo pastoreo me confió Marduk, no fui nada negligente, no me crucé de
brazos. Les fui buscando lugares tranquilos, resolví las dificultades más duras,
les hice salir la luz. Con el arma poderosa que me habían prestado el divino
Zababa y la divina Ishtar, con la agudeza que me destinó el divino Ea, con la
fuerza que me donó el divino Marduk, aniquilé a los enemigos arriba y abajo,
extinguí la resistencia, y volví placentera la vida del País. Asenté a la gente
aglomerada en regadíos, y no dejé pasar a nadie que los pudiera inquietar. Los
Grandes Dioses me llamaron: yo soy el único Pastor Salvífico, de recto cayado,
mi buena sombra se extiende por mi capital, llevé en mi regazo a la gente de
Súmer y Acad, han proóspero por la Virtud mía, los he conducido en paz, los he
resguardado con mi perspicacia.

Para que el fuerte no oprima al débil, para
garantizar los derechos del huérfano y la viuda, en Babilonia, la capital cuya
cabeza exaltaron Anum y el divino Enlil, en el Esagil, el templo cuyos cimientos
son tan sólidos como los cielos y la tierra, para decretar el derecho del País, para
dictar las sentencias del País, para garantizar los derechos del oprimido, he inscrito mis eximias palabras en la estela mía, y las he alzado delante de mi
estatua de Rey de la Equidad.


~

Imprecaciones. Yo soy Hammurapi, el Rey de la Equidad, a quien el divino
Shamash otorgó la Verdad: mis palabras son exquisitas, mis obras no tienen
igual; sólo para un necio son algo vacío, para el perspicaz, están destinadas a la
gloria. Si ese hombre atiende a las palabras que he grabado en mi estela, no
desecha la ley, no da sentido torcido a mis palabras ni altera mis signos y
designios, que a ese hombre, igual que a mí, el Rey de la Equidad, el divino
Shamash le alargue el cetro y que pastoree a su gente en la Equidad.

Pero si ese
hombre no atiende a las palabras que he grabado en mi estela, desprecia mis
maldiciones y no se arredra ante las maldiciones de los dioses, y abole la ley que
yo he dado, da un sentido torcido a mis palabras, altera mis signos y designios,
borra mi nombre inscrito y luego graba el suyo o, por estas maldiciones, instiga a otro a que lo haga, a ese hombre, sea rey, señor, gobernador u otro sujeto, a ese
hombre, llámese como se llame, que el gran Anum, el Padre de los Dioses, el
que me llamó a mi reinado, le quite la gloria de la realeza; que quiebre su cetro y
que maldiga su destino. (...)

Que el divino Zababa, el Gran
Luchador, hijo primogénito del Ekur, que avanza a mi derecha, le quiebre el
arma en el campo de batalla; que le convierta el día en noche y haga que su
contendiente se plante encima de él. Que la divina Ishtar, Señora de la Guerra y
la Batalla, la que desnuda mi espada, Virtud Protectora mía, amante de mi
reinado, maldiga airada , con rabia inmensa, su realeza; que convierta su fortuna en desgracia; que le quiebre el arma en la guerra y en el campo de batalla; que le
tenga dispuestos desorden y revolución; que prostre a sus guerreros y abreve la
tierra con su sangre; que deje pilas de cadáveres de sus tropas en campo abierto,
que a su ejército no le permita lograr cuartel.

Que los Grandes Dioses de cielos y tierra, que los divinos Anunnaku todos, que
el Genio del templo, que el templo de ladrillo del Ebabbar lo maldigan con
maldición nefasta a él, a su semilla, a su país, a sus tropas: a su gente y a su
ejército. Que, con estas maldiciones, el divino Enlil lo maldiga en virtud de
sentencia inalterable y que le alcancen de inmediato.
~

Prólogo.-

- Yo soy Hammurapi: El Pastor Elegido del divino Enlil, el acumulador de la
abundancia y de la opulencia, el que ha llevado a buen fin cuanto concierne a
Nippur-Duranki (y es) devoto cuidador del Ekur ; el Rey Eficiente que ha
restaurado Eridu en su lugar (y) purificado el ritual del E'abzu; el Huracán de los
Cuatro Cuadrantes; el Engrandecedor del nombre de Babilonia, el agrado del
corazón de Marduk, su señor, el que acude a diario a servir al Esagil; la Semilla
Regia generada por el divino Sin, el enriquecedor de Ur, el humilde, el
fervoroso, el que aportó la abundancia al Ekishnugal; el Rey Prudente, obediente
al divino Shamash, el poderoso que ha consolidado los cimientos de Sippar, el
que ha revestido de frondosidad la capilla superior de Aya, el que ha hecho del
Ebabbar un templo excelso, semejante a la morada de los cielos; el Guerrero
Compasivo con Larsa, el renovador del Ebabbar para el divino Shamash, su
aliado; el Señor Revitalizador de Uruk, el suministrador de aguas de la
abundancia a su pueblo, el que ha levantado la cúspide del Eanna, el que ha
acumulado abundancia para Anum y la divina Ishtar; el Protector del País, el que
ha reunido a las gentes dispersas de Isin, el que ha colmado de abundancia el
templo de Egalmaj; el Dragón de los Reyes, el hermano predilecto del divino
Zababa, el consolidador de los cimientos de Kish, el que ha rodeado con un aura
resplandeciente el Emete¹ursag, el celebrante fiel de los solemnes ritos de Utar, el administrador del templo Jursagkalamma.

Leyes
1 § Si un hombre acusa a otro hombre y le imputa un asesinato pero no puede
probarIo, su acusador será ejecutado.
2 § Si un hombre le imputa a otro hombre actos de brujería pero no puede
probarlo, el que ha sido acusado de magia tendrá que acudir al divino Río y
echarse al divino Río y, si el divino Río se lo lleva, al acusador le será lícito
quedarse con su patrimonio. Pero si el divino Río lo declara puro y sigue sano y
salvo, quien le acusó de magia será ejecutado. El que se echó al divino Río se
quedará con el patrimonio de su acusador.
3 § Si un hombre acude ante un tribunal con falso testimonio y luego no prueba
su declaración , si se trata de un caso con pena de muerte, ese hombre será
ejecutado.

4 § Si acude a atestiguar en un proceso sobre cebada o dinero, pagará la multa
de ese proceso.
5 § Si un juez instruye un caso, dicta sentencia y extiende veredicto sellado, pero
luego modifica su sentencia, al juez le probarán que ha cambiado la sentencia y
la suma de la sentencia la tendrá que pagar 12 veces. Además, en pública
asamblea, le echarán de su sede judicial de modo irrevocable y nunca más podrá
volver a sentarse con jueces en un proceso.
6 § Si un hombre roba algo propiedad del dios o del Palacio será ejecutado y el que haya aceptado de sus manos lo robado sera ejecutado también.
7 § Si un hombre compra o recibe en depósito plata u oro o un esclavo o esclava
o un buey, o una oveja, o un asno, o lo que sea, de manos de un hijo de un
hombre o del esclavo de un hombre sin testigos ni contrato, ese hombre es un
ladrón; será ejecutado.
8 § Si un hombre roba un buey o una oveja, o un asno, o un cerdo, o una barca,
sean del dios o del Palacio, lo devolverá 30 veces; si son de un individuo común,
lo devolverá 10 veces. Si el ladrón no tiene con qué devolver, será ejecutado.
9 § Si un hombre que ha perdido una cosa suya halla lo perdido en manos de otro
hombre, y el hombre en cuyas manos se halla lo perdido declara: «Un vendedor
me lo vendió; lo compré ante testigos», y si el dueño de lo perdido declara: «Voy
a presentar testigos que conocen la cosa perdida por mí», y si el comprador
presenta al vendedor que se la vendió y a los testigos ante los que compró y el
dueño de lo perdido presenta también a los testigos que conocían lo perdido por
él, los jueces examinarán sus declaraciones; además, tanto los testigos ante los
que se compró como los testigos que conocían lo perdido declararán lo que
saben ante [el] dios. Si según ello, el ladrón es el vendedor; que sea ejecutado. El
dueño de lo perdido recuperará lo perdido. El comprador recuperará el dinero
que pagó del patrimonio del vendedor .
(...)






El Código de Hammurabi se presenta como una gran estela de basalto de 2,25 metros de alto. En lo alto hay un medio relieve que representa a Hammurabi de pie delante del dios del Sol de Mesopotamia, Shamash, principal de la ciudad súmera de Larsa. Debajo aparecen inscritos, en caracteres cuneiformes acadios, leyes que rigen la vida cotidiana.




Al rey Hammurabi (1728 adc – 1686 adc según la cronología breve o 1792-1750 adc según la cronología media) le pareció que el cuerpo de leyes de su territorio se tenía que escribir para complacer a sus dioses. A diferencia de muchos reyes anteriores y contemporáneos, no se consideraba emparentado con ninguna deidad, aunque él mismo se llama «el favorito de las diosas».



El objeto de esta ley era homogeneizar jurídicamente el reino de Hammurabi. De este modo, dando a todas las partes del reino una cultura común, se podía controlar el todo con mayor facilidad.
Es el primer código de una Ley escrita que se conoce en la historia, de ahí su importancia. Se expone actualmente en el Museo del Louvre en París, una estela del Código.




Las leyes del Código de Hammurabi, (numeradas del 1 al 282, aunque faltan los números 13, 66–99 y 110–111) están escritas en babilonio antiguo y fijan diversas reglas de la vida cotidiana.



Se tratan también el robo, la actividad agrícola (o pecuaria), el daño a la propiedad, los derechos de la mujer, los derechos en el matrimonio, los derechos de los menores, los derechos de los esclavos, homicidio, muerte y lesiones. El castigo varía según el tipo de delincuente y de víctima.
Las leyes no admiten excusas ni explicaciones en caso de errores o faltas; el Código se ponía a la vista de todos, de modo que nadie pudiera alegar ignorancia de la ley como pretexto. Cabe recordar, sin embargo, que eran pocos (escribas en su mayoría) los que sabían leer y escribir en aquella época.




Algunas partes de la Ley Mosaica son similares a ciertas leyes del Código de Hammurabi, por lo que algunos estudiosos han afirmado que los hebreos derivaron su derecho del babilonio. Otros especialistas difieren:

No hay bases para suponer préstamo directo alguno de los babilonios a los hebreos. Aunque ambos conjuntos de leyes difieran poco en la letra, difieren mucho en el espíritu. Thomas (1958)
Se presentan a continuación algunos ejemplos de las diferencias:
Código de Hammurabi
Ley mosaica
Pena de muerte por hurto de propiedad de la Iglesia y el Estado o por recibir bienes robados. (Ley 6)
Se castiga al ladrón resarciendo a la víctima. (Éx. 22.1-9)
Muerte por ayudar a un esclavo a escapar o por refugiar a un esclavo fugitivo. (Ley 15, 16)
"No entregarás a su señor el siervo que huye de él y acude a ti." (Deut. 23.15)
Si una casa mal hecha causa la muerte de un hijo del dueño de la casa, la falta se paga con la muerte del hijo del constructor. (Ley 230)
"Los padres no morirán por los hijos ni los hijos por los padres." (Deut. 24.16)
Mero exilio por incesto: "Si un señor hombre de alto rango se ayuntare con su hija, harán salir a tal señor de la ciudad." (Ley 154)
Pena de muerte por incesto. (Lev. 18.6, 29)
Distinciones de clases: penas duras para quien lesione al miembro de una casta superior. Penas leves para quien lesione a miembros de una casta inferior. (Ley 196–205)
No cometerás injusticia en los juicios, ni favoreciendo al pobre ni complaciendo al grande. (Lev. 19.15)

Diríase que el código de Hammurabi es un ejemplo de lo que se ha llamado Ley del talion, en cuanto castiga duramente a quien infringe la ley con una falta o delito. Tambien se puede conocer esto como un principio de retribución justa o de quid pro quo.


Quid pro quo (latín de «algo por algo») (también quiproquo) se refiere a la acción de sustituir algún bien con otro o un intercambio de favores, también se suele decir «el toma y daca». En inglés lo suelen llamar «a favor for a favor» o también «what for what», «give and take» y «Tit for Tat» cuyos significados son similares.



De esta manera, no sólo se habla de una pena equivalente, sino de una pena idéntica. La expresión más famosa de la ley del talión es "ojo por ojo, diente por diente" aparecida en el Éxodo veterotestamentario. Luego les siguieron tambien las Leyes de Manú, codigo de la India, que está fechado alrededor del año 200 a. C. Despues llegaremos al derecho ateniense, en la Constitución y la democracia, y luego al Derecho Romano y a la Compilación Justinianea, y el Derecho Romano-Germánico y el Canónico, que será el que se mantendra por toda la Edad Media hasta la edad Moderna. Es un derecho muy elaborado con unos rituales muy bien diseñados para establecer el procedimiento legal.
De todas formas es un avance en la historia de la humanidad poder contar con la expresión escrita de un texto así de Ley. Después con la historia y el desarrollo de las civilizaciones también las penas se irán humanizando hacia un carácter más socializador y humanitario.
~




Ishtar, señora del firmamento!

1 comentario:

lu dijo...

gracias por copiar el epilogo, no lo encontraba por ningun lado y no tengo las fotocopias!! me re salvaste!!

Saludos!!