Telecomunicaciones
Los ingenieros recurren ante los tribunales el real decreto sobre el visado
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Cinco Días - Madrid - 10/08/2010
Los ingenieros técnicos y superiores de telecomunicaciones han decidido recurrir ante los tribunales la nueva normativa sobre el visado obligatorio, publicada el pasado viernes en el BOE. Según la Plataforma Pro Visado, promovida por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones (COITT), el Real Decreto 1000/2010 "supone un riesgo para la seguridad de los usuarios además de un encarecimiento del mismo en un 966%".
Pero no es lo único, la plataforma afirma que la nueva normativa impactará directamente en el empleo de proyectistas y trabajadores de organizaciones profesionales, "implicando a un colectivo de más de 450.000 ingenieros de toda España, que sufrirán ahora la intrusión y la indefesión por falta de seguridad y de un colegio profesional que les respalde" añade el comunicado.
Además de los tribunales, los ingenieros de telecomunicaciones están dispuestos a presentar batalla, acudiendo a las asociaciones profesionales, empresas, universidades e instituciones relacionadas con las telecomunicaciones para intentar mantener el visado.
Los Gobiernos regionales podrán variar los visados obligatorios
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L. F. - Madrid - 09/08/2010
Las comunidades autónomas tendrán la opción de elaborar informes con el objetivo de modificar algunos de los diez supuestos de visados obligatorios contenidos en el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, según una disposición final publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Actualmente, estos supuestos hacen referencia a la ejecución de edificación, certificado final de obra, demolición de edificaciones, voladuras especiales, proyectos técnicos de establecimiento, traslado y modificación sustancial de fábricas de explosivos, instalación de depósitos comerciales y de consumo de materias explosivas, proyectos de establecimiento de talleres de cartuchería y pirotécnica y recursos mineros.
Estos trabajos profesionales, aunque se desarrollen o completen mediante proyectos parciales y otros documentos técnicos, sólo deberán estar visados una vez y por un sólo colegio profesional. En el caso de que la oficina de supervisión de proyectos, u órgano equivalente de la administración pública competente, haya elaborado previamente un informe, entonces no será necesario el visado obligatorio. Tampoco en el caso de que la Administración pública haya realizado la comprobación de la identidad y habilitación profesional del autor del trabajo.
El real decreto menciona que cuando haya varios colegios profesionales competentes en la materia, el profesional podrá elegir el que más le convenga. Únicamente se podrá denegar el visado obligatorio cuando la colegiación sea obligatoria para realizar el trabajo profesional. Los profesionales de otro estado miembro también tendrán que presentar visado.
Revisión
El Ministerio de Economía y la Comisión Delegada para Asuntos Económicos se comprometen a presentar antes de finalizar los tres años desde la publicación de este real decreto un estudio sobre la conveniencia de actualizar la relación de trabajos profesionales que requieren visado.
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