Carta a los homosexuales.-
~“nefanda libido”~
Los pecados que claman al cielo, "peccata in coleum clamantia", es una categoría de los pecados apenas conocida con la que la sociedad cristiana persiguió el “vicio” durante mil quinientos años con castigos cada vez más severos, y los teólogos lo condenaban con expresiones constantemente renovadas: "nefanda libido", "nefarium", monstrosa venus", "diabolica luxuria", "horrendus scelus", "execrabile", etcétera.
1 Tim. 3, 2 y 3, 12 "Unius uxoris vir"(una sola mujer para un hombre), pero eran "fornicatori notorii". No me estoy con ello refiriendo a la vida de los homosexuales, sino a la mayor parte del primer clero católico, por lo menos hasta el siglo III, muchos sacerdotes convivían con mujeres, incluso sin vinculo formal, practicaban concubinato y la poligamia, eran fornicatores nototii, es cierto que despues de la ordenación eran pocos los que se casaban. Pero si su matrimonio era anterior, todavía en el siglo III no había ninguna prescripcion que les prohibiera tener relaciones sexuales. Y en el siglo IV las Constituciones Apost´licas -el código más voluminoso de la Iglesia en su Antigüedad. aún abogaban por el matrimonio de los clérigos, al igual que los sinodos de Ancira en Galacia y Gangra en la Plafagonia.
Digo todo ello para que veamos cómo han cambiado las tornas después.
Puesto que la coacción mas que la castidad fue despues la que indujo a los clérigos al libertinaje, la motivacion cúltica no parece haber sido decisiva.
Me interesa esta parte de la historia porque creo que ahora estamos viviendo un periodo de confusion similar. Buscamos resquicios para el libertinaje que no la libertad y la motivacion tal vez sea ésta, la "coaccion" mas que el motivo culto, pero ¡qué clase de coacción? esto ya da para otro tema...
A comienzos del siglo IV el sínodo de Elvira priva de la comunión a los “violadores de niños”, incluso en peligro de muerte. San Basilio ordena que se aplique a los homosexuales una penitencia de quince años; la teología de comienzos de la Edad Media habitualmente se pronuncia por los diez años. El XVI sínodo de Toledo establece en el año 694 que un sodomita debe ser “excluido de todo contacto con los cristianos, azotado con varas, rapado ignominiosamente y desterrado”. El sínodo de Naplusa (1120), que responsabiliza al modo de vida desenfrenado de los creyentes de las catástrofes naturales y los ataques de los sarracenos, exige que quien ha consentido libremente un acto homosexual (activo o pasivo) muera en la hoguera. La bula papal Cum primum prescribe en 1566 la entrega al Estado de todos los homosexuales, lo que indudablemente importaba la ejecución.
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Cuando yo hablaba de una cierta coaccion social en el sistema que permitía que los movimientos y colectivos sociales gays pudieran salir a la calle y reivindicar su plataforma en realidad estaba viendo el show y el espectaculo que en ellos se ha dado siempre, y al que no pueden renunciar, pues es esta una forma de vida economica que ellos han sabido explotar, con unos beneficios incalculables.
A veces la reacción a ello ha venido dentro de sus mismas filas y hacia el otro extremo, por ello no podemos descartar que haya un sector militante del PP, y no solo de la iglesia, que tambien tiene un portavoz del colectivo gay.
Saludos cordiales!
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