He leido tu artículo y me parece bien diferenciar entre varios planos, pero hoy día ya no se habla así, hoy día se habla sobre todo de "igualdad procedimental", es decir, de respetar la igualdad de los procedimientos institucionales y legales, es la igualdad ante la ley, la igualdad procesal, el principio de legalidad, pero yo ya me abstendría de decir igualdad de derechos, en el sentido de igualdad de resultados, no evidentemente no todos tenemos los mismos derechos, pero sí debemos luchar por tener igualdad de oportunidades ante la ley, es decir, de hacer todo lo posible por prepararnos y por corregir esas injusticias sociales para que todos podamos llegar y ponernos al mismo nivel de partida y que recibamos las ayudas necesarias legales si no podemos conseguirlas por nuestros medios, hasta ahí, bueno el estado social de derecho.
La otra igualdad la igualdad procedimental afectaría a la igualdad que se plantea entre las partes afectadas en un proceso o una resolución, todas ellas tienen el mismo derecho a defender sus pretensiones o a participar en la defensa siempre que tengan un interés legítimo, por tanto hay que ser parte afectada.
Por ultimo no debemos ingenuamente pensar que el mundo del propietario industrial está totalmente separado del mundo de la administración estatal, por un lado el estado y por el otro la propiedad privada, creer esto es una ingenuidad, son dos mundos pero están interpenetrados en muchas cosas. Esto no quiere decir que no se denuncie y esté prohibido el cohecho, el soborno, la prevaricación, la malversación de fondos, se denuncie le recusación de un juez o su incompatibilidad, todos esos procedimientos están contemplados en la ley y tenemos que suponer que funcionan bien, pero hoy día es tanto el poder que tienen algunos sectores mediaticos privados, los grupos financieros, los que cotizan en bolsa, que no se puede decir que no estén introducidos en todos los sectores de poder.
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