domingo, 17 de febrero de 2008

concepción discursiva y comunitarista de justicia



La concepción discursiva de J. Habermas.


La concepción de la justicia de Habermas tiene muchos puntos de contacto con la de Rawls. En ambos casos, los principio sy las reglas morales justificadas son las que resultan de un determinado procedimiento en el que se respetan determinados criterios. Y tanto en el método como en los resultados a los que llega, la ética discursiva habermasiana (muy vinculada a la del filósofo K. O. Apel) tiene una fuerte inspiración kantiana, si bien Habermas -como se verá- sustituye el paradigma individualista kantiano por el discursivo o dialógico.
Habermas distingue esencialmente dos conceptos de acción social: la acción estratégica y la acción comunicativa. La primera está orientada al éxito, y la segunda a la comprensión intersubjetiva, la cual alcanza su plenitud en el ejercicio sin trabas de la comunicación. Se trata de una distinción paralela a la que acabamos de ver en Rawls entre lo racional (sería la racionalidad estratégica) y lo razonable (la racionalidad discursiva).

El planteamiento de Habermas parte de que las acciones (las acciones lingüísticas) dirigidas a la comprensión mutua presuponen que el hablante erige una pretensión general de validez, que se puede especificar así: cuando afirma algo sobre el mundo objetivo, el hablante pretende que su enunciado es verdadero en sentido estricto; cuando formula una norma erige la pretensión de que lo ordenado por la norma es correcto; cuando expresa, por ejemplo, un deseo, que el mismo es sincero; y cualquiera que sea el acto de habla de que se trate, el hablante pretende que pueda entenderle. En definitiva, en los procesos de comunicación lingüística en los que cada uno de los hablantes no trata de imponerse al otro, sino de alcanzar un acuerdo, de comprenderse mutuamente, se presupone el reconocimiento recíproco de cuatro pretensiones de validez: verdad, corrección, veracidad e inteligibilidad.

Ese paso de la acción al discurso (el discurso racional) se caracteriza porque es una forma de comunicación que remite a una situación ideal de habla o de diálogo, lo cual significa que los que participan en el mismo presuponen que lo que dicen es verdadero o correcto si todos los dialogantes potenciales, en una situación de total libertad e igualdad, podrían asentir a ello. La verdad o la corrección, por lo tanto, se define en términos consensuales, pero no se trata de un consenso fáctico sino de un consenso racional o ideal; la clave del criterio de objetividad que elabora Habermas se encuentra en el respeto a las reglas de las discusión racional: verdadero o correcto es aquello a lo que se llegaría por consenso si se respetaran esas reglas.

Pues bien, aplicado a la moral, la ética discursiva viene a decir que están moralmente justificadas aquellas normas cuyas consecuencias puedan ser aceptadas por todos los afectados; o sea, los participantes en un discurso racional llegarían por consenso a establecer ese principio general de la ética.

Se trata como se ve de una nueva versión del imperativo categórico kantiano que tiene la peculiaridad de que ahora no está formulado ya en términos individuales, sino sociales: moral no es actuar de acuerdo con una máxima que cada uno puede querer sin contradicción alguna como ley universal, sino según una máxima que todos de común acuerdo puedan querer como norma universal.

Habermas considera que a través de ese principio se puede justificar el Estado de Derecho y una serie amplia de derechos fundamentales que incluiría los derechos individuales, los derechos de ciudadanía (a pertenecer a una determinada asociación de sujetos jurídicos), los derechos procesales (a la protección de los otros derechos), los derchos políticos (a participar en los procesos de formación de la voluntad común) o los derechos sociales. Las relaciones entre el Derecho (de los estados democráticos) y la moral serían para él de complementariedad: el Estado de Derecho hace posible extender el principio del discurso al campo de la acción humana regida por el Derecho.


La concepción comunitarista

La concepción de la justicia como imparcialidad de Rawls y la ética discursiva de Habermas difieren en algunos extremos, pero vienen a coincidir en dos postulados fundamentales, en torno a los cuales gira el debate ético contemporáneo. Uno de ellos es el del carácter racionalista (cognoscitivista) de la ética, esto es, la idea de que las cuestiones éticas pueden ser discutidas racionalmente y de que es posible fundamentar principios éticos de validez objetiva (con la precisión que hemos visto respecto al último Rawls). El otro es el del carácter individualista de la ética, entendido el individualismo, no en sentido ontológico o epistemológico, sino estrictamente ético.

Esto quiere decir que no se niega la existencia de entidades supraindividuales: la sociedad no está formada únicamente por individuos, sino también por grupos.

Tampoco se pretende que la razón haya de concebirse epistemológicamente en términos de una relación entre un sujeto y un objeto, como ocurre en el esquema -individualista- kantiano; al contrario, la razón se configura en términos dialógicos, como una relación intersubjetiva.
Pero se parte de que los únicos agentes morales son los individuos autónomos y que, por tanto, los derechos individuales no pueden ser sacrificados en nombre del bienestar general o de una determinada concepción de la vida buena encarnada en las instituciones concretas de una sociedad.

La crítica principal a la concepción universalista e individualista de la ética procede últimamente del llamado comunicatrismo. La idea fundamental aquí es que el hombre no puede concebirse como un individuo aislado, sino como un ser social, como parte de una unidad superior, de una comunidad (la familia, la nación...). En consecuencia, lo que importa, lo que tiene valor moral es, ante todo, el bien de la comunidad y no los derechos (y los correlativos deberes) de los individuos.

A la ética de los deberes, basada en la obediencia de las normas, debería sustituirle una ética de las virtudes, que gira en torno a la formación del carácter, a la educación de los sentimientos para disponer a las personas hacia el bien.

Sin embargo, según MacIntyre (uno de los adalides del movimiento) en nuestras sociedades contemporáneas ya no es posible el discurso ético, pues para ello se necesitaría poseer una noción común y compartida del bien del ser humano, lo cual dejó de existir con la Ilustración y con la ética del individualismo basada en el principio de la autonomía. Su proyecto consiste por ello en tratar de reconstruir cierto tipo de asociaciones o de comunidades que otorguen unidad de fines a la vida de los seres humanos y permitan que surjan de nuevo las correspondientes virtudes.


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Andrómeda

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