jueves, 28 de octubre de 2010

nuevo delito de corrupción entre particulares


Ambos casos tratan de corrupciones. En España tantos como pueda haber habido en cualquier otro país. ¿Recuerdan que el primer caso llamativo fue el de Naseiro?. Luego vinieron muchos más: Filesa, Uribitarte, Guerra, Planasdemunt, la colza, Rubio, Roldán, Kio, el alcalde de Burgos, el Forcem en Cataluña, AVA, Gescartera y otros muchos que no han llegado a la categoría de escándalos. Unos fueron robos de dineros privados y otros de caudales públicos, pero en todos ellos hubo una parte, más o menos grande, de lucro ilegítimo para personas físicas con nombre y apellidos. En todos esos casos, lo llamativo es que el castigo tardío: por ineptitud, deficiencias de procedimiento o simple encubrimiento. Con estos retrasos, el castigo produce menos enseñanzas y los perjudicados, públicos o privados, no obtienen la compensación debida. Es esta falta de rapidez en la reparación lo que produce el primer escándalo entre los ciudadanos. El segundo es la falta de eficacia en los organismos encargados de controlar la legalidad de las actuaciones de los corruptos: organismos públicos como la Agencia Tributaria, CNMV, Banco de España, Dirección General de Seguros o la IAGE, pero también instituciones privadas como las auditoras, notarios y entidades de crédito a través de las cuales siempre termina circulando el dinero de la corrupción. Parece que jueces y policías se han convertido en los ángeles expiatorios del pecado de una corrupción engrasada por quince años consecutivos de subida del precio de las viviendas. 
La corrupción (negra, gris o blanca) siempre ha existido, forma parte del paisaje, constituye un mecanismo por el que la sociedad civil tiene relación con las instituciones políticas. Siempre han existido leyes para perseguir la corrupción. Pero solo podrán ser eficaces si hay una combinación del rechazo social, una inspección eficaz del Estado, una publicidad de las penas y el abandono voluntario, por parte de las autoridades públicas, de la capacidad de actuación discrecional en la vida económica. Esto es así porque la decisión del presunto corrupto es una ponderación del beneficio que pueda obtener si su acción no es detectada, del castigo asociado a si lo es y de la probabilidad de detección existente. Ni el rechazo social o la inspección del Estado han influido casi nunca en la reducción de la corrupción. La historia dice que el mayor castigo posible para los corruptos descubiertos es que tengan que devolver todo el dinero del beneficio que hayan podido obtener. Esto no ha sucedido con Roldan pero puede que, gracias al juez Pedreira suceda con el resto de los recientes corruptos de la política municipal y autonómica española. Por ejemplo, los dineros de Francisco Correa, Alberto López Viejo o Álvaro Pérez.
 Lo único malo es que según ABC la Agencia Tributaria ha comunicado al Juez Pedreira que no tiene medios para tasar los bienes intervenidos en la causa Gürtel. Y lo peor es que algunos bufetes consideran difícil concretar el nuevo delito de corrupción entre particulares.

Manuel Portela

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