domingo, 20 de enero de 2008

aarnio y la reconstrucción de la racionalidad





En su reconstrucción de la racionalidad a partir de la razonabilidad (The rational as reasonable, 1987), Aarnio ha hablado de dos tipos de conexión entre la idea de aceptación racional y el concepto wittgensteiniano de “forma de vida”. Por una parte, el concepto de forma de vida orienta hacia un mejor entendimiento de lo que significa la interpretación, que deberá comprenderse no sólo como fenómeno semántico, sino sobre todo como fenómeno pragmático perceptible en el contexto de una forma de vida determinada. “El análisis del lenguaje es el análisis de la forma de vida”, indica Aarnio remontándose a Wittgenstein. “Así podemos entender nuestra vida, cuyos actos componen nuestra forma de vida”.


Por otra parte, el concepto de forma de vida redefine la noción de valor. Dos individuos que comparten una misma forma de vida comparten también un mismo lenguaje que permite el entendimiento mutuo. Ello no implica que las dos representaciones del mundo de cada uno de esto individuos coincidan, sino que lo normal es que cada uno tenga sus preferencias valorativas, las cuales tratará de justificar racionalmente a través de diversos tipos de juegos lingüísticos. Pero se podría decir, volviendo a usar la terminología wittgeinteiniana que tales preferencias valorativas tienen un parecido de familia que facilita la intersubjetividad de los valores: “Los valores reciben específicamente su intersubjetividad de las formas de vida. Una forma de vida es siempre de alguna manera y en cierta medida una materi acomún. Es específicamente una forma de vida. Un individuo no puede desarrollar por sí mismo una forma de vida completamente privada, una representación del mundo y un lenguaje propios. Haciéndolo se aislaría a sí mismo de la interacción social. Es el aspecto común de la forma de vida lo que hace que la comunicación -y a través de ella, la interacción- sea posible”. (Aarnio, 1987).


El sistema de valores común para quienes comparten una forma de vida constituye el presupuesto de racionalidad para la interpretación y la argumentación jurídica. Pero ante la comunidad jurídica como auditorio universal, la racionalidad se materializa a través de la persuasión.


Ya antes de que Perelman situara la persuasión en un plano diferente al del convencimiento, Wittgenstein afirmaba en “Sobre la certeza”: “El juez podría bien decir: 'ésta es la verdad -en lo que yo puedo conocerla-. Pero ¿qué efecto tendría esta coletilla? ('más allá de cualquier duda racional'). ¿Es erróneo dejarme guiar en mis acciones por las proposiciones de la física? ¿Debo decir que no tengo ninguna buena razón para hacerlo? ¿Y no es precisamente esto lo que llamamos una 'buena razón'? Supongamos que encontramos gente que no lo considera como una razón plausible. Diciendo que esto es erróneo, ¿no nos salimos ya de nuestro juego lingüístico para combatir el de los demás? ¿Y tenemos razón o sería injusto combatirlo? Naturalmente apoyaremos a nuestro modo de proceder con todo tipo de palabras de orden (de eslóganes). He dicho que “combatiría” el otro juego lingüístico, pero entonces, ¿no le daría quizá razones? Ciertamente sí, pero ¿hasta dónde llegan? Cuando acaban las razones está la persuasión” (Wittgenstein, 1969).


sylphides
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concepciones del derecho

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